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Muy importante para todos los titulares de dominios InternetEsta información es muy importante para todos los responsables de la gestión de dominios .com, .net, .org
NO ES APLICABLE a dominios .es
ICANN, el organismo internacional que gestiona los nombres de dominio en Internet ha iniciado un proceso de verificación de la información whois de los dominios. Debido a este programa se están enviando correos a los contactos administrativos solicitando la conformidad con los datos que contiene el Registro sobre el dominio. Estos mensajes están generando mucha confusión entre todos los usuarios y por eso os queremos clarificar como atender estos mensajes.
- Los mensajes llevan el asunto " VERIFICATION REQUIRED - Please verify your domain name(s) as soon as possible". Y dentro del mensaje aparece un enlace para confirmar directamente los datos. El enlace es de la siguiente forma
https : // approve.domainadmin.com/registrant/?verification_id=123123123&key=xxxxxx&rid=123123
- Los mensajes han de atenderse. Si no se contesta al mensaje en un plazo de 15 días el dominio se suspenderá y quedará sin servicio.
- Si los datos del registro sobre correctos como lo es en la mayoría de los casos, solo hay que utilizar el enlace adjunto a los mensajes y pulsar el botón de confirmación.
- No se le pedirán en ningún momento ni otros datos para cambiar en el registro ni ningún dato de pago.
- Los mensajes se están generando para todos los dominios que se registran de nuevo o se trasladan, y en muestras aleatoriamente elegidas sobre el resto de dominios.
- Si quieres hacer cambios en los datos del registro de un dominio puedes hacerlo directamente desde el panel de control, o ponte en contacto con nosotros. Pero no utilices ningún otro medio porque existen varios sistemas fraudulentos que aprovechan estas situaciones para robar dominios.
Si tenéis cualquier duda enviarnos copia del mensaje que hayáis recibido. Nosotros no recibimos estos mensajes y no os podremos atender adecuadamente sin este mensaje.
A continuación os copiamos la normativa aplicable a este programa
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NORMATIVA DEL ICANN. ESPECIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE PRECISIÓN DE WHOIS
El Registrador implementará y cumplirá con los requisitos establecidos
en esta Especificación, así como con cualquier actualización
comercialmente práctica de esta Especificación que sea elaborada por la id="normativa" style="display:none;"
ICANN y el Grupo de Partes Interesadas de Registradores durante el
Término de vigencia del Acuerdo de Acreditación de Registradores.
1. Excepto por lo dispuesto en la Sección 3, dentro de los quince (15)
días a partir de (1) la registración de un Nombre Registrado patrocinado
por el Registrador, (2) la transferencia del patrocinio de un Nombre
Registrado al Registrador, o (3) cualquier cambio el Titular del Nombre
Registrado con respecto a cualquier Nombre Registrado patrocinado por el
Registrador, el Registrará hará lo siguiente con respecto tanto a la
información de Whois como a la información de contacto del titular de la
cuenta de cliente correspondiente, en relación a dicho nombre registrado:
a. Validar la presencia de datos en todos los campos exigidos en virtud
de la Subsección 3.3.1 del Acuerdo en un formato adecuado para el país o
territorio correspondiente.
b. Validar que todas las direcciones de correo electrónico tengan el
formato adecuado según la RFC (Solicitud de Comentarios) 5322 (o sus
sucesores).
c. Validar que los números de teléfono tengan el formato adecuado de
acuerdo con la notación para números de teléfono internacionales ITU-T
E.164 (o sus equivalentes o sucesores).
d. Validar que las direcciones postales tengan un formato adecuado para
el país o territorio correspondiente, tal como se define en las
plantillas de formato de dirección postal de UPU (Unión Postal
Universal), plantilla S42 (conforme pueda ser actualizada) u otros
formatos estándar.
e. Validar que todos los campos de las direcciones postales sean
coherentes a través de los campos (por ejemplo: que la calle existe en
la ciudad, la ciudad existe en el estado/provincia, que la ciudad
coincide con el código postal), cuando dicha información es técnica y
comercialmente viable para el país o territorio correspondiente.
f. Verificar:
i. la dirección de correo electrónico del Titular del Nombre Registrado
(y, si fuese diferente, el Titular de la Cuenta) mediante el envío de un
correo electrónico que requiera de una respuesta afirmativa a través de
un método de autenticación basado en herramientas tales como
proporcionar un código único que debe ser devuelto de la manera
designada por el Registrador, o
ii. el número de teléfono del Titular del Nombre Registrado (y, si fuese
diferente, el Titular de la Cuenta): (A) llamando o enviando un SMS al
número de teléfono del Titular del Nombre Registrado proporcionando un
código único que debe ser devuelto de la manera designada por el
Registrador, o (B) llamando al número de teléfono del Titular del Nombre
Registrado y solicitando que éste proporcione un código único que
hubiese sido previamente enviado al Titular del Nombre Registrado a
través de la web, del correo electrónico o correo postal.
En cualquier caso, si el Registrador no recibe una respuesta afirmativa
por parte del Titular del Nombre Registrado, el Registrador verificará
la información de contacto correspondiente en forma manual o bien
suspenderá el registro, hasta el momento en que el Registrador hubiese
verificado la información de contacto correspondiente. Si el Registrador
no recibe una respuesta afirmativa por parte del Titular de la Cuenta,
el Registrador deberá verificar la información de contacto
correspondiente en forma manual, aunque no está obligado a suspender
ningún registro.
2. Excepto por lo dispuesto en la Sección 3 a continuación, dentro de
los quince (15) días calendario posteriores a la recepción de cualquier
cambio en la información de contacto de Whois o en la información de
contacto de la cuenta de cliente correspondiente, relacionada con
cualquier Nombre Registrado patrocinado por el Registrador (ya sea que
se hubiese exigido o no al Registrador cumplir previamente con los
requisitos de validación y verificación establecidos en esta
Especificación en relación a dicho Nombre Registrado), el Registrador
validará, en la medida requerida por la Sección 1, y comprobará los
campos modificados en la forma prevista en la Sección 1 anterior. Si el
Registrador no recibe una respuesta afirmativa del Titular del Nombre
Registrado ofreciendo la verificación solicitada, el Registrador
verificará la información de contacto correspondiente en forma manual o
bien suspenderá el registro, hasta el momento en que el Registrador
hubiese verificado la información de contacto correspondiente. Si el
Registrador no recibe una respuesta afirmativa por parte del Titular de
la Cuenta, el Registrador deberá verificar la información de contacto
correspondiente en forma manual, aunque no está obligado a suspender
ningún registro.
3. Excepto por lo dispuesto en el párrafo 4 a continuación, no se exige
al Registrador que realice los procedimientos antes mencionados de
validación y verificación establecidos en la Sección 1 (a) a 1 (f)
anterior, si Registrador ya ha completado exitosamente los
procedimientos idénticos de validación y verificación de la información
de contacto y no cuenta con hechos o conocimiento alguno respecto a
circunstancias que sugieran que la información ya no es válida.
4. Si el Registrador cuenta con alguna información que sugiere que la
información de contacto especificada en la Sección 1 (a) a 1 (f)
anterior es incorrecta (tal como que el Registrador reciba una
notificación de correo electrónico rebotado o un mensaje de notificación
de no entrega en relación con el cumplimiento de la Política de
Recordatorio de Datos de Whois de la ICANN o de otro modo) para
cualquier Nombre Registrado patrocinado por el Registrador (ya sea que
se hubiese exigido o no al Registrador cumplir previamente con los
requisitos de validación y verificación establecidos en esta
Especificación en relación a dicho Nombre Registrado), el Registrador
debe verificar o volver a verificar, según corresponda, la dirección(es)
de correo electrónico de conformidad con lo descripto en la Sección 1.f.
(por ejemplo, solicitando una respuesta afirmativa a una notificación de
la Política de Recordatorio de Datos de Whois). Si, dentro de los quince
(15) días calendario posteriores a recibir dicha información, el
Registrador no recibe una respuesta afirmativa por parte del Titular del
Nombre Registrado ofreciendo la verificación solicitada, el Registrador
verificará la información de contacto correspondiente en forma manual o
bien suspenderá el registro, hasta el momento en que el Registrador
hubiese verificado la información de contacto correspondiente. Si,
dentro de los quince (15) días calendario posteriores a recibir dicha
información, el Registrador no recibe una respuesta afirmativa por parte
del cliente que paga por el Nombre Registrado, si corresponde,
ofreciendo la verificación solicitada, el Registrador verificará la
información de contacto correspondiente en forma manual aunque no está
obligado a suspender ningún registro.
5. Ante la ocurrencia de un suministro de información de WHOIS inexacto
o no confiable por parte de un Titular de Nombre Registrado, su omisión
deliberada en la pronta actualización de la información suministrada al
Registrador o su omisión de respuesta dentro de los quince (15) días
calendario a las consultas del Registrador relativas a la precisión de
los datos de contacto asociados con el registro del Titular del Nombre
Registrado, el Registrador rescindirá o suspenderá el Nombre Registrado
del Titular del Nombre Registrado o bien colocará dicho registro en un
estado de bloqueo y transferencia prohibida (clientHold o
clientTransferProhibited) hasta el momento en que el Registrador hubiese
validado la información suministrada por el Titular del Nombre Registrado.
6. Los términos y condiciones de esta Especificación será revisados por
la ICANN en consulta con el Grupo de Partes Interesadas de Registros en
o alrededor del primer aniversario de la fecha en la que la forma del
presente Acuerdo sea ejecutado por primera vez por parte de un registrador.
7. Nada dentro de esta Especificación se considerará como una exigencia
al Registrador para realizar la verificación o validación de cualquier
información del titular de la cuenta de cliente, cuando un titular de la
cuenta de cliente no tenga ningún Nombre Registrado bajo patrocinio del
Registrador.
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